Ope PASQUET
Faltan tres años para las próximas
elecciones departamentales. Hay tiempo, pues, para plantear, analizar y
discutir propuestas de reforma de las normas vigentes en esa materia. ¿Que hay
otros temas en la agenda pública? Sin duda. Pero –parafraseando lo que se decía
de un presidente estadounidense que no se destacaba por su inteligencia -
confiamos en la capacidad de todos nosotros para caminar y masticar chicle al
mismo tiempo. Seguramente podremos considerar más de uno o dos temas en el
curso del próximo trienio.
Salta a la vista que, en aspectos de
gran importancia, el régimen electoral departamental es distinto del régimen
electoral nacional. El presidente de la república se elige a dos vueltas, si
ningún candidato obtiene la mayoría absoluta en la primera de ellas. En cambio,
los intendentes se eligen por mayoría simple de
sufragios. Las bancas en ambas cámaras del Parlamento se adjudican según
el criterio de la representación proporcional integral, mientras que en las
Juntas Departamentales la mayoría absoluta se
asigna automáticamente, como “piso”, al
partido del Intendente electo, reservándose la proporcionalidad a la
adjudicación de bancas entre los partidos minoritarios.
A nuestro juicio, las diferencias
entre ambos regímenes no se justifican. Vamos Uruguay propone modificar las
reglas de las elecciones departamentales, para que se parezcan tanto como sea
posible a las de la elección nacional. No se trata sólo de un afán de
coherencia y racionalidad. Pensamos que
las normas departamentales producen efectos políticos injustos o
inconvenientes, por lo que diremos a continuación.
A nivel nacional, la vieja discusión
entre representación mayoritaria y representación proporcional se zanjó hace
cerca de un siglo, en favor de esta última. Se optó por la justicia y la
defensa del pluralismo y el derecho de las minorías, aunque ello implique
menoscabo de la gobernabilidad. Los uruguayos preferimos, por razones de
justicia, que el partido que tiene un determinado porcentaje de votos en las
elecciones nacionales tenga el mismo porcentaje de bancas en el Parlamento,
aunque ello le provoque algunos dolores de cabeza al gobierno de turno. A nivel
departamental, en cambio, se le ha querido ahorrar esos dolores de cabeza a los
intendentes, dándoles la mayoría absoluta en la Junta. Es obvio que esto
no es justo. Si es necesario que el intendente pueda aplicar su programa de
gobierno, si no es bueno que quede eventualmente prisionero de minorías
decisivas, lo mismo –y con mayor razón-
puede decirse del presidente de la república. Sin embargo, nadie propone abandonar la representación
proporcional rigurosa a nivel nacional. Francamente, nos sorprendió que la
propuesta de establecer la representación proporcional también a nivel
departamental (planteada hace ya meses por el diputado de Alianza Nacional,
Javier García) no recibiera de inmediato
la adhesión masiva y entusiasta de los nacionalistas, que antiguamente
levantaban con orgullo esa bandera.
Con respecto a la elección de los
intendentes, la segunda vuelta nos parece también justa y necesaria. Cuando son
más de dos los partidos que disputan un solo cargo, los ciudadanos quedan
enfrentados a un dilema. Si votan con el corazón, por el partido y el candidato
que realmente quieren, corren el riesgo de que su voto vaya a un candidato sin
chances de triunfar y por lo tanto no incida en la disputa entre quienes sí
tienen posibilidades reales de ser electos; pero si votan para que su voto
resulte “útil” y pese en la elección, quizás tengan que votar a un partido que
no es el suyo y a un candidato que no es el que prefieren, sino apenas el que
consideran el menos malo de los que pueden ganar. Esta disyuntiva restringe la
libertad del elector.
Como en nuestro sistema el candidato
a la Intendencia
y los candidatos a la
Junta Departamental deben ser del mismo partido, figuran en
la misma hoja de votación y se votan conjuntamente, la alternativa de hierro
impuesta a los electores repercute en la representación de los partidos en el
órgano legislativo. Los partidos a los que los electores no les asignen chances
de ganar la Intendencia
no sólo perderán votos para el cargo de intendente, sino también para los
cargos de ediles en la
Junta Departamental. Y los efectos de la pérdida serán
amplificados por la ausencia de representación proporcional. Esto debilita a
los partidos políticos (pero no tiene por qué interesar a quienes tengan la
certeza de que siempre serán mayoría…).
La segunda vuelta resuelve esos
problemas. Sabemos cómo funciona, porque se aplicadesde la elección nacional de
1999. En la primera vuelta cada uno vota por lo que considera que es mejor. Si
ningún candidato logra la mayoría absoluta, hay una segunda vuelta entre los
dos candidatos más votados en la que quienes no apoyaron a ninguno de ellos
tienen la oportunidad de votar por el que consideran menos malo (o en contra
del peor, según el talante de cada uno…). Al final, pues, todos los votos son
“útiles” y ninguno deja de incidir en la elección del intendente; pero eso se
logra sin que nadie tenga que abandonar a su partido ni perjudicar su
representación legislativa.
Las reglas electorales tienen efectos
políticos. Cambiarlas produce ciertos efectos;
conservarlas produce otros. Esos efectos, a su vez, pueden beneficiar a
algunos actores políticos y perjudicar a otros (“pueden”, digo, porque no son
raros en política los efectos inesperados). No es útil discutir en función de
las conveniencias de cada uno. Lo que tiene sentido es buscar las mejores
reglas, en función de objetivos de interés general -como la mayor libertad de
los electores, o el fortalecimiento de los partidos políticos- claramente
definidos. En eso estamos.
El tema da para más, obviamente, y
volveremos sobre él.
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