Que decida el soberano



En la madrugada del pasado miércoles la Cámara de Diputados sancionó, con modificaciones, el proyecto de ley ya aprobado por el Senado que permite, en ciertos casos, la interrupción del embarazo. Como consecuencia de las modificaciones introducidas en Diputados el proyecto deberá volver al Senado, donde el oficialismo cuenta con los votos necesarios para su sanción.
La cuestión de la despenalización del aborto es sumamente polémica y parece claro que ni la sanción de la ley, ni mucho menos un improbable fracaso del proyecto, le quitarán ese carácter; en cualquier caso el debate continuará, y está bien que así sea y que se discuta con apasionamiento, porque la importancia del tema lo merece. Discutir con pasión, empero, no debería conducir a faltarle el respeto a los que piensan distinto. En este debate, lamentablemente, se ha caído en ese exceso. La convivencia democrática necesita de la tolerancia, que poco valdría si se aplicara solamente a la discusión de banalidades. Es en el debate acerca de los temas importantes donde es más necesario el respeto mutuo, pero es aquí también, por desgracia, donde los fanáticos se descontrolan y muestran la hilacha.   
Lo que debiera discutirse en el Parlamento no es el aborto desde el punto de vista ético, sino la utilidad o conveniencia de que el aborto (me refiero al realizado con consentimiento de la mujer, obviamente) constituya un delito y por lo tanto se castigue con una pena. Son cuestiones distintas.
En el plano de la ética, cada persona está llamada a formarse su propia opinión y tiene derecho a sostenerla, aunque el resto de la humanidad piense otra cosa. “La voz de la conciencia” es para cada uno, de manera indelegable e intransferible, la voz de su propia conciencia, digan lo que digan las mayorías de turno.
Las mayorías de turno, en cambio, son las únicas que tienen derecho a imponer la ley; en democracia, por lo menos, es así. Se supone que la ley expresa la voluntad de la nación soberana; Cuando no hay unanimidad (y nunca la hay), es la mayoría la que decide por la nación.
En materia penal resalta con claridad la necesidad de que la ley luzca el sello de la legitimidad democrática. Si el Estado ha de usar su poder para privar a una persona de su libertad, nada menos, debe hacerlo de conformidad con una ley que exprese realmente la voluntad del soberano, para que esa restricción de la libertad se justifique desde el punto de vista democrático.
Lo que en el Uruguay está en tela de juicio desde hace tiempo es si las normas penales que hacen del aborto un delito expresan  realmente  la voluntad de la nación.Varios elementos de juicio hacen pensar lo contrario. Las decenas de miles de abortos que se realizan por año; los muy escasos procesamientos dispuestos por la Justicia ante esos hechos; la falta de sanción social a quienes incurran en tales conductas y las encuestas de opinión que desde hace años relevan la existencia de una sólida mayoría favorable a la despenalización, son algunos de esos elementos.
Despenalizar no implica necesariamente convalidar el aborto desde el punto de vista ético, ni considerarlo una forma de ejercicio del derecho de la mujer sobre su propio cuerpo. Aunque hay quienes piensan así, otros entendemos que de lo que se trata es de rechazar el empleo de una herramienta tan tosca como la ley penal, para enfrentar una situación sumamente compleja y delicada.
Ya IruretaGoyena,   el sabio codificador de 1934 al que nadie podría etiquetar como “progresista”, enseñaba en sus clases de Derecho Penal que el aborto –al que moralmente condenaba en los términos más enérgicos- no debía ser delito, y que la ley que lo definiera como tal resultaría ineficaz.
El tiempo le ha dado la razón.
Es hora de someter el asunto a la decisión del soberano. Aunque el Parlamento tiene facultades para sancionar y derogar leyes, la naturaleza de la cuestión y la forma en que afecta la sensibilidad de vastos sectores de la sociedad recomiendan que sea el Cuerpo Electoral quien pronuncie la palabra definitiva al respecto. En esto, supongo, todos hemos de estar de acuerdo.
En el derecho uruguayo, el camino para llegar a un pronunciamiento de la nación soberana respecto de una ley, es el del recurso de referéndum instituido por el artículo 79 de la Constitución y reglamentado por leyes que facilitan su ejercicio. Para que haya referéndum contra la ley, antes tiene que haber ley; no es posible plantear una consulta previa al soberano, con valor vinculante.
Si el aborto ha de seguir siendo delito, que lo sea porque la mayoría lo quiere, pero no por inercia legislativa.La intensidad de las convicciones éticas de algunos sectores de la sociedad, no otorga legitimidad democrática a las leyes que no expresan la voluntad popular. La mayoría no siempre tiene razón, pero –como decía Batlle- es la única que tiene derecho a equivocarse.

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