Justicia por mano propia


Marcelo GIOSCIA CIVITATE


A más de un año y medio desde el incendio que se produjo en el establecimiento de detención de Rocha, (en el que perdieron la vida doce reclusos y pusiera en el tapete una vez más, la comprobación del hacinamiento en que viven los privados de libertad en nuestro país, y los escasos medios de que se disponen para asegurar sus integridades) y de las promesas de refacciones y ampliaciones de las instalaciones destinadas a estas personas; vuelve a llamar la atención –ahora con ribetes aún más atroces- la muerte por intoxicación gaseosa de tres jóvenes penitenciarios a quienes se ajustició prendiendo fuego a sus pertenencias e impidiendo su salida a punta de cortes.
Según trasmiten las crónicas policiales, a cuatro de sus compañeros de celda se les permitió salir de la improvisada “cámara de gas” a través de un boquete, suerte que no tuvieron los fallecidos, cuyos cuerpos fueron fácilmente reconocidos por no haberse calcinado en el incendio provocado por aquellos “compañeros-jueces-vengadores” que decidieron su destino.
Al parecer las continuas extorsiones y cobros de “peajes” en dinero y/o en mercaderías que llevaban a cabo los tres ajusticiados, en perjuicio de compañeros recién llegados o sus familias, en el sector del establecimiento donde se sentían “dueños”, fueron el detonante de la decisión puesta en práctica dentro de un establecimiento público de reclusión, donde no solo se vive el hacinamiento, sino además la cotidiana falta de personal de vigilancia y de medios, que permitan una efectiva reeducación de los internos para su eventual reinserción social una vez que obtengan la libertad.
Se trató, lisa y llanamente de un “ajuste de cuentas”, y más que eso, de la aplicación sumaria de una forma por demás primitiva de “hacer justicia por mano propia” ante la evidente ausencia de otro mecanismo de control o de protección institucional efectivo. Pero la referencia a esta carencia, hace aún más vulnerable todo el sistema, incapaz de mantener la efectiva disciplina dentro de sus instalaciones, en suma ineficaz e impotente, al momento de ejercer la dirección de los establecimientos confiados a su cuidado. ¡Qué lejos estamos de los buenos deseos de nuestros constituyentes y de quienes hicieron del ejercicio del derecho penal su razón de vivir, cuándo nos enfrentamos a la comprobación de hechos de esta naturaleza! ¿Dónde queda la protección de los derechos humanos? ¿Dónde queda la ansiada profilaxis del delito? ¿Se habrá perdido toda esperanza para quienes traspasen esas puertas? ¿Cómo hacer para revertir estas situaciones?
El hecho, evidencia a todas luces, una sensación de vivir en una tierra de nadie, donde vale muy poco o nada, la vida y la integridad de las personas privadas de libertad por orden judicial (muchos de ellos, primarios absolutos, procesados con prisión en espera de una sentencia judicial que confirme o revoque el auto de su procesamiento…y mientras tanto, deben compartir estos infiernos en las peores condiciones de supervivencia). Llama la atención que recién luego de estos luctuosos acontecimientos, se piense por las autoridades responsables, en separar a los procesados de los condenados, se piense en clasificar a los detenidos de acuerdo con el tipo de delito que según la carátula de sus expedientes los llevó a ese lugar, y se reconozca que no es una tarea sencilla y que va a llevar tiempo… ¿Qué fue de la asignación de mayores recursos para estas áreas? ¿Se concretaron? ¿Por qué razón aún no se advierten las necesarias mejoras cuya implementación se espera?

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