Manuel FLORES SILVA
Profesor de Literatura. Ex Senador (1985-1989). Periodista. Director del Semanario JAQUE y de la revista POSDATA
El tema de las Juntas Anticorrupción es un importante tema institucional en toda América Latina que se ha puesto de moda ahora en Uruguay, sin embargo, por una propuesta muy pobre –en términos comparados- que se ha realizado con lo que se ha venido a llamar la Comisión de Notables de la Aduana. Obviamente en el seno del Gobierno hay discrepancias sobre el punto y es claro que el Senador Mujica no le ha dado relevancia alguna a la constitución de dicha Comisión, la que paradojalmente debiera atajar las denuncias que el mencionado legislador ha hecho. Obviamente, lo que digamos en nada roza a los miembros de la mencionada Comisión, a alguno de los cuales no solo conocemos sino que respetamos mucho.
No nos referiremos en este artículo al debate tal cómo se viene dando en Uruguay porque, aunque se toquen lateralmente temas importantes, más o menos está todo dicho. Las Comisiones que se nombran desde arriba para controlar el arriba siempre adolecen de un problema de legitimad. Pero, además, no teniendo ellas marco legal alguno no se entiende por qué los jerarcas regulares no se limitan a trasladar las denuncias a la Justicia. Como por otra parte están legalmente obligados. Es ilegal, en sentido estricto, siendo funcionario público, estar al tanto de un eventual ilícito, y no trasladarlo a la Justicia de inmediato. La situación del Senador Mujica es diferente no sólo porque tiene el fuero del legislador –que no sólo es un derecho para proteger al legislador sino un amparo que se debe usar para que el mismo tenga más libertad para moverse- sino porque además es obvio que nuestra legislación adolece de la figura de “testigo protegido”. De manera que quién denuncia expone su vida. Así ha surgido este anómalo sistema de denuncias a un senador que la traslada al Poder Ejecutivo quien la traslada al Poder Judicial. Montesquieu se volvería loco.
También se discute sobre el sentido tan poco republicano de nombrar en dicha Comisión de Notables a ciudadanos todos políticamente afines al partido de Gobierno. Es una mentalidad. Cuándo a Luis Batlle Berres le insinuaron que había alguna desprolijidad en el control de importaciones designó de inmediato en el cargo a Carlos Quijano, de la oposición. Cómo años antes, cuando se acercaba la elección nacional, nombró de Ministro del Interior a una figura neutral y muy respetada como era el ciudadano Dardo Regules, de la Unión Cívica.
Las Juntas Anticorrupción en América Latina
Por razones que tocaremos en otra oportunidad, con la recuperación de las democracias en América Latina –el fin de las dictaduras en América del Sur y de las guerras civiles en América Central- los ciudadanos demandaron mejor calidad de democracia. Una ciudadanía más activa reclama de los gobernantes rendición de cuentas, en el sentido amplio de la expresión, demanda transparencia, demanda acceso a la información estatal. Es así que surgen diversas figuras jurídicas, algunas de las cuales hemos ya analizado parcialmente en esta columna, como el Defensor del Pueblo o los Consejos de la Judicatura (garantías en la carrera judicial, recordémoslo en un país donde todavía se llega a Juez sin pasar por un concurso). En el marco de la demanda de transparencia surgieron diferentes respuestas para otorgarle garantías al ciudadano sobre la conducta de los funcionarios públicos, en particular aquellos con mayor responsabilidad decisional, esto es, los dirigentes políticos.
Para entender esa demanda de ingeniería institucional garantista y transparente, que se instala legislativamente en la región, en general, en la segunda mitad de los años 90 del siglo pasado, es necesario recordar que esa década fue la de la vigencia del modelo de “privatizaciones” previo al poder de las entidades reguladoras en los mercados que se transferían al agente privado. Estos procesos no contaron con el peso de la normativa y de la fiscalización que tienen en el capitalismo central, si no que la falta de capacidades de normativa y de fiscalización en el capitalismo periférico condujeron a procesos muchas veces parecidos a la ley de la selva. Una suerte de “infantilismo de mercado” permitió que los capturadores de rentas indebidas actuaran a su antojo, en perjuicio del ciudadano. La desconfianza de este, también por esta causa, genera la demanda de transparencia.
¿Qué mecanismos se usaron para combatir la corrupción? Primero uno que no arrojó ningún resultado de transparencia. Los Poderes Ejecutivos designaban ciudadanos en juntas anticorrupción de diferente nombre. Es evidente, que se violaba el principal requisito de toda auditoria seria que es que ella fuera independiente. Se ponía a subordinados a fiscalizar a los mandantes. ¿Collor investigándose a sí mismo? Una barbaridad. Es el caso de la “Junta Asesora en Materia Económica-Financiera del Estado” (JAMEFE) en el Uruguay, generalmente llamada Junta Anticorrupción, donde se nombró para presidirla, al comienzo, a algún sujeto multiuso que a la vez liquidaba bancos y hacía algún otro mandadito. En Argentina se hizo lo mismo con la llamada “OAC” (Oficina Anti Corrupción). Las dos ocupaban el espacio anticorrupción que se venía gestando en el resto de América Latina y básicamente se dedicaban simplemente al recabar las declaraciones patrimoniales de los funcionarios. En el interior de la Argentina, sin embargo, nacieron ya algunas Comisiones Anticorrupción nombradas por el Parlamento local que tenían otra independencia.
Una solución fue, además, de las Juntas nombradas por el Poder Ejecutivo, crear Fiscales anticorrupción. Ese camino, por ejemplo, lo tomaron Colombia, México, Perú y El Salvador.
Colombia creó la “Procuraduría Delegada de Moralización” en la órbita del Procurador General de la Nación (elegido, a su vez, por el Senado de una terna propuesta por el Presidente, por la Suprema Corte y por Consejo de Estado, a cargo éste de lo contencioso administrativo). Además Colombia tiene el “Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción” dependiente del Presidente, cuyo responsable es denominado “Zar anticorrupción”, denominación que también existirá en Perú y en Panamá.
México creo un “Fiscal Especial para Asuntos Públicos”, y una “Comisión Presidencial para la Transparencia y Lucha contra la Corrupción dentro de la Administración Pública Federal” Ella está integrada por Ministros de Estado, por el Fiscal General, por delegados del Presidente, de los sindicatos y de la sociedad civil. Vemos aquí una primera incursión de la sociedad civil. A su vez existe un programa de recepción de denuncias con capacidad de sanciones a todos los funcionarios públicos, con penas de prisión, denominado el Secodam.
En Perú se creó el “Procurador Ad-Hoc” que fue decisivo en la lucha contra la corrupción. Se crearon, fiscalías anticorrupción dependientes del Procurador Ad Hoc y juzgados especializados. A su vez el “Consejo Anticorrupción” está integrado por 3 Ministros, 3 funcionarios especializados, 2 representantes religiosos, 2 representantes de la sociedad civil. De vuelta la sociedad civil con 4 en 10. El Presidente nombra, además, un “Zar anticorrupción”.
En El Salvador se creó, en el seno de la Fiscalía General de la República la “Unidad Anticorrupción y de Delitos Complejos”. Se trata de una unidad de elite compuesta por cinco fiscales. Se pueden nombrar, además, Fiscales Especiales para determinados casos en particular, como el que, con éxito, comprobó que 200 abogados, de los cuales 100 eran jueces o fiscales, no tenían titulo verdadero. Las declaraciones patrimoniales de los funcionarios las lleva la Suprema Corte de Justicia.
Costa Rica, Panamá, Guatemala y Honduras también crearon instancias de investigación de la corrupción autónomas. En estos casos no existe Comisión Presidencial anticorrupción.
En Costa Rica se creó una “Jurisdicción Penal de la Función Pública” con Juzgado y Tribunal de apelaciones. Asimismo se creó una “Procuraduría de Ética Pública” dentro de la Procuraduría General de la República. Asimismo, siguiendo una tradición de 20 años ya, en cada Ministerio, cada empresa pública, en cada repartición estatal, existe una “Comisión de Valores Éticos” coordinados, a su vez, por un “Sistema Nacional de Comisiones de Valores Éticos”.
En Panamá se crearon “Fiscalías Anticorrupción” que forman parte de la Procuraduría General de la Nación, así como la “Dirección de Responsabilidad Patrimonial” está inscripta dentro de la Controlaría General de la República. Existe sí un “Zar anticorrupción” al interior del vasto espacio económico de la Caja de Seguros Sociales para combatir en ese espacio a la corrupción.
Guatemala tiene la “Fiscalía contra la Corrupción” dentro del Ministerio Público y la “Oficina de Ética” dentro de la Controlaría General de Cuentas. Honduras, que en la práctica tiene un problema de independencia del Ministerio Público, tiene allí dentro la “Dirección General de Investigación Criminal” especializada en corrupción.
Las Comisiones Investigadoras de los Parlamentos han sido decisivas –con fuertes poderes y presupuestos propios- en Brasil y en Perú.
Donde más participación tiene la sociedad civil es en Bolivia y en Ecuador. En Bolivia existe el “Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito” tiene 5 representantes de la sociedad civil, 3 de los diferentes órganos del Poder Judicial, 2 del Poder Ejecutivo y 1 de la Controlaría General.
Lleva ya 10 años el sistema ecuatoriano, de rango constitucional, cuya junta anticorrupción es la Comisión de Control Cívico de la Corrupción (C.C.C.C.), persona jurídica de derecho público donde no está representado ninguno de los poderes del Estado, a la que, sin embargo, ningún poder del Estado le puede negar información y que deriva luego los resultados de sus investigaciones a la Justicia. Tiene 6 miembros que representan, respectivamente, las Federaciones Nacionales de las Cámaras de la Producción (1); los gremios de Profesionales (1); la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos, de Canales de Televisión, de Radiodifusión y la Federación Nacional de Periodistas (1); las Organizaciones de Derechos Humanos y Defensa de los Consumidores (1); las Centrales Sindicales y Organizaciones Indígenas, Afroecuatorianas y Campesinas de carácter nacional (1) y las Organizaciones nacionales de Mujeres (1).
Uruguay, claro, se debe un debate. Como en casi todos los campos de la ingeniería institucional. Porque demanda de transparencia hay.
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