Editorial

La abogada Cecilia Salom, esposa del también abogado Gonzalo Fernández, ex Secretario de la Presidencia de la República en la época de Tabaré Vázquez, actual Senador suplente del Partido Socialista, dejó su cargo en el Colegio de Abogados del Uruguay por no haber recibido signos de apoyo ante los cuestionamientos planteados por su actuación en la defensa de un ex director del controversial Banco Montevideo.

Según publica el diario El Observador el miércoles 1º de setiembre, Salom planteó que el Colegio había perdido la oportunidad de defender el ejercicio de la abogacía frente a las presiones políticas, agregando que su renuncia era indeclinable y que, de ahora en más, se abocaría a defender a su esposo en las instancias judiciales y de otro orden en donde se lo indaga por su actitud.

Ante el planteo efectuado por la abogada, integrantes del Colegio respondieron que el apoyo no correspondía porque el asunto era un tema político, y que Salom bien pudo haberse presentado a la comisión de ética del Colegio de Abogados en forma voluntaria.

Durante este debate público, se supo probadamente, que años atrás Salom había presentado fuera de plazo legal una solicitud de clausura del expediente de su defendido, al amparo de la derogación de un delito de fraude por una ley de 2008 elaborada por el senador Sergio Abreu que, según sus dichos, dice haber redactado a instancias de Gonzalo Fernández.

El semanario Búsqueda informó el jueves pasado que Salom incluyó a Fernández como abogado alterno de su defendido, algo que no informó al Partido Socialista, del cual era asesora.

En nuestro último editorial analizamos el contexto político del Dr. Gonzalo Fernández siendo gobernante, y dijimos que el problema, el verdadero problema que encierra e litigio en el que está involucrado, es más allá de toda visión juridicista, una cuestión de ética sobre si es procedente ejercer la abogacía de modo liberal, defendiendo intereses muchas veces difusos, cuando el actor de los hechos es un connotado político a quien, si bien no puede cargarse con los atributos del poder, sí se sabe, a confesión de parte o por simple conjetura, que su proximidad al poder lo hace sabedor de hechos y circunstancias que de otro modo le serían inaccesibles.

Ese es el texto y el contexto de este conflicto, los intereses, y es algo que parece no importarle a la Dra. Salom o tenerle en cuenta en su verdadera dimensión.

Un defensor no puede asumir como propia ni la situación ni los hechos de su defendido; un defensor otorga posibilidades, derechos, elementos de defensa. La cuestión es, no se tenga duda, cuando se antepone a esos criterios del simple abogar, el conocimiento íntimo de que lo va a pasar, sucederá por obra y por acción de una misma persona.

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