Marcelo
GIOSCIA CIVITATE
A más de un
año y medio desde el incendio que se produjo en el establecimiento de detención
de Rocha, (en el que perdieron la vida doce reclusos y pusiera en el tapete una
vez más, la comprobación del hacinamiento en que viven los privados de libertad
en nuestro país, y los escasos medios de que se disponen para asegurar sus
integridades) y de las promesas de refacciones y ampliaciones de las
instalaciones destinadas a estas personas; vuelve a llamar la atención –ahora
con ribetes aún más atroces- la muerte por intoxicación gaseosa de tres jóvenes
penitenciarios a quienes se ajustició prendiendo fuego a sus pertenencias e
impidiendo su salida a punta de cortes.
Según
trasmiten las crónicas policiales, a cuatro de sus compañeros de celda se les
permitió salir de la improvisada “cámara de gas” a través de un boquete, suerte
que no tuvieron los fallecidos, cuyos cuerpos fueron fácilmente reconocidos por
no haberse calcinado en el incendio provocado por aquellos
“compañeros-jueces-vengadores” que decidieron su destino.
Al parecer
las continuas extorsiones y cobros de “peajes” en dinero y/o en mercaderías que
llevaban a cabo los tres ajusticiados, en perjuicio de compañeros recién
llegados o sus familias, en el sector del establecimiento donde se sentían
“dueños”, fueron el detonante de la decisión puesta en práctica dentro de un establecimiento
público de reclusión, donde no solo se vive el hacinamiento, sino además la
cotidiana falta de personal de vigilancia y de medios, que permitan una
efectiva reeducación de los internos para su eventual reinserción social una
vez que obtengan la libertad.
Se trató,
lisa y llanamente de un “ajuste de cuentas”, y más que eso, de la aplicación
sumaria de una forma por demás primitiva de “hacer justicia por mano propia”
ante la evidente ausencia de otro mecanismo de control o de protección institucional
efectivo. Pero la referencia a esta carencia, hace aún más vulnerable todo el
sistema, incapaz de mantener la efectiva disciplina dentro de sus
instalaciones, en suma ineficaz e impotente, al momento de ejercer la dirección
de los establecimientos confiados a su cuidado. ¡Qué lejos estamos de los
buenos deseos de nuestros constituyentes y de quienes hicieron del ejercicio
del derecho penal su razón de vivir, cuándo nos enfrentamos a la comprobación
de hechos de esta naturaleza! ¿Dónde queda la protección de los derechos
humanos? ¿Dónde queda la ansiada profilaxis del delito? ¿Se habrá perdido toda
esperanza para quienes traspasen esas puertas? ¿Cómo hacer para revertir estas
situaciones?
El hecho,
evidencia a todas luces, una sensación de vivir en una tierra de nadie, donde
vale muy poco o nada, la vida y la integridad de las personas privadas de
libertad por orden judicial (muchos de ellos, primarios absolutos, procesados
con prisión en espera de una sentencia judicial que confirme o revoque el auto
de su procesamiento…y mientras tanto, deben compartir estos infiernos en las
peores condiciones de supervivencia). Llama la atención que recién luego de
estos luctuosos acontecimientos, se piense por las autoridades responsables, en
separar a los procesados de los condenados, se piense en clasificar a los
detenidos de acuerdo con el tipo de delito que según la carátula de sus
expedientes los llevó a ese lugar, y se reconozca que no es una tarea sencilla
y que va a llevar tiempo… ¿Qué fue de la asignación de mayores recursos para
estas áreas? ¿Se concretaron? ¿Por qué razón aún no se advierten las necesarias
mejoras cuya implementación se espera?
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