José AMORIN
Nos preocupa desde hace bastante tiempo el
enorme crecimiento de los poderes que tiene la Dirección General Impositiva,
que trae como consecuencia que la
Administración comience a introducirse cada vez más en la vida de la gente, y
la indefensión o la soledad en que está
el contribuyente, que es el ciudadano uruguayo. Insisto en que este tema nos ha
inquietado desde siempre. Es bastante evidente que la sanción del Impuesto a la
Renta de las Personas Físicas ha aumentado esta sensación que tenemos en cuanto
a que los poderes del organismo se han acrecentado. También quiero señalar
que nos preocupa enormemente el último
paso que se ha dado -o por lo menos el
último que conocemos- que es, precisamente, esta solicitud de
información general que se realiza a los colegios privados y a los clubes
deportivos para que detallen qué personas pagan más de cierta cantidad de
dinero. Esto nos inquieta, porque a nuestro juicio es una violación del derecho
a la intimidad, porque afecta a las personas de forma directa. Además, tenemos
la clara sensación de que, con respecto a la información, la Dirección General
Impositiva no tiene un buen resguardo de los datos que recaba, ya que el banco de datos del organismo no cuenta con
las condiciones de seguridad necesarias.
Como es sabido, hay funcionarios becarios que no van a estar más de un año trabajando en el organismo y que
tienen acceso a todos esos datos. Repito que nos preocupa que estos temas que
hacen a la intimidad de las personas sean conocidos.
También nos parece que son incorrectas estas
“expediciones de pesca” que hace la Dirección General Impositiva, tratando de
detectar dónde puede existir un caso de riesgo de evasión para después
arremeter contra él. La situación de Uruguay claramente no es comparable con la
de otros países donde, por ejemplo, el
gasto en educación es deducible; en este caso la Dirección General Impositiva,
obviamente para contrastar la declaración del contribuyente, sí necesitaría
estos datos. No creemos que el artículo 68 del Código Tributario, en el caso
que nos ocupa, dé esas potestades, aunque sí creo que la Dirección General
Impositiva las tiene en caso de ser necesaria una inspección concreta para
confirmar algunos datos. Pero repito: no me parece bien que se incurra en esta
especie de “expediciones de pesca”. Esta expresión la utilizamos cuando
hablamos del secreto bancario y cuando Uruguay se niega -desde mi punto de
vista, en forma correcta- a que vengan “expediciones de pesca” del exterior a
estudiar todas las cuentas de los ciudadanos de determinado país para
fiscalizarlos. Creo que en este caso la situación es similar.
Esta sería, en principio, mi preocupación
fundamental, que tiene que ver con defender, desde el punto de vista de sus
derechos, al contribuyente que cada vez es más pequeño frente a una Dirección
General Impositiva gigante, con más poderes. Reitero que no existen poderes de
parte del contribuyente. Hace unos días asistieron aquí representantes del
Colegio de Abogados y del Colegio de Contadores y dijeron que era imprescindible
redactar una carta de derechos del contribuyente para que este sepa a qué se
enfrenta y cuáles eran sus derechos,
pero poco se ha hecho en este sentido.
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